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Guía por producto · Cosmética, perfumería e higiene personal

Importar cosméticos a Uruguay: registro en el MSP, arancel e IMESI

Por Grupo Meridian, importadora en Pando, UruguayActualizado el 7 min de lectura

Respuesta corta

Para importar cosméticos a Uruguay con fines comerciales necesitás una empresa habilitada por el Ministerio de Salud Pública, con director técnico, y el registro de cada producto, que se tramita por la VUCE y dura cinco años. Los cosméticos de fuera del Mercosur pagan en general 16,2 % de arancel, más IVA, tasa consular y, según el producto, IMESI.

Qué productos entran en esta guía

Hablamos de lo que la norma del Mercosur llama productos de higiene personal, cosméticos y perfumes: maquillaje, cremas, perfumes y colonias, champú y productos capilares, desodorantes, dentífricos, productos de afeitar y jabones de tocador. En la nomenclatura aduanera están casi todos en el capítulo 33 (partidas 3303 a 3307) y, los jabones, en la partida 3401.

Son productos que se aplican sobre el cuerpo, y por eso el control es sanitario: lo lleva el Ministerio de Salud Pública (MSP). La consecuencia práctica es que no alcanza con encontrar un buen fabricante. Antes de vender una sola unidad, la empresa y cada producto tienen que estar en regla.

Lo primero: empresa habilitada y producto registrado

Son dos trámites distintos y van en este orden.

1. Habilitación de la empresa. El MSP habilita a las empresas fabricantes, importadoras y depósitos de cosméticos. Entre otros requisitos, la ficha oficial pide un director técnico con título, la habilitación del local por la intendencia, la certificación de Bomberos, planos y procedimientos. La resolución tiene una vigencia de hasta 5 años. El trámite tiene costo, que hay que consultar en la Tesorería del MSP, y la ficha no publica un plazo de respuesta.

2. Registro y autorización de venta de cada producto. Es obligatorio para toda empresa importadora habilitada. Se inicia en la VUCE (código REGC) y exige, entre otras cosas:

  • la fórmula cuali-cuantitativa completa, que tiene que darte el fabricante;
  • el rótulo a color firmado por el director técnico;
  • para productos importados, un Certificado de Libre Venta del país de origen, apostillado o consularizado (para productos del Mercosur se aceptan documentos alternativos, Decreto 230/019).

Según la ficha del trámite, el costo es de 30 UR por registro nuevo o renovación y el certificado tiene una vigencia de 5 años. Tampoco acá se publica un plazo de respuesta, así que conviene no comprometer fechas de venta hasta tener el registro.

Los cosméticos se clasifican en grado 1 o grado 2 según el reglamento técnico del Mercosur (Resolución GMC 18/23, incorporada por el Decreto 284/024). El grado define qué formulario y qué respaldo técnico se presentan, y lo determina el director técnico a partir de la fórmula y de lo que el producto dice hacer.

Pedile los papeles al fabricante antes de pagar. Si no entrega la fórmula completa o no puede conseguir el Certificado de Libre Venta, ese producto no se puede registrar. Más contexto en la guía de habilitaciones.

Arancel: qué dice la nomenclatura

El arancel depende del código NCM. En la planilla de nomenclatura y aranceles del MEF (versión de febrero de 2025), las líneas de cosmética y perfumería figuran así:

Partida NCMProductoExtrazonaMercosur
3303Perfumes y aguas de tocador16,2 %0 %
3304Maquillaje, cremas y productos para el cuidado de la piel16,2 %0 %
3305Champúes y preparaciones capilares16,2 %0 %
3306Dentífricos y demás higiene bucal16,2 % (hilo dental: 14,4 %)0 %
3307Productos de afeitar, desodorantes corporales, sales de baño16,2 %0 %
3401Jabones de tocador y jabón líquido para la piel16,2 %0 %
Fuente: MEF, planilla Arancel Nacional, febrero de 2025 (T.G.A. extrazona e intrazona). La tasa de 0 % exige certificado de origen Mercosur. El código y la tasa vigente los confirma el despachante.

Podés verificar tu código en el Sistema de Aranceles de Uruguay XXI. La clasificación definitiva la hace el despachante de aduana.

IMESI y el resto de los tributos

Además del arancel, la importación paga IVA (tasa básica del 22 % sobre el valor en aduana más el arancel), la tasa consular (5 % del valor en aduana; 3 % si el origen es Mercosur) y, si sos contribuyente, los anticipos de IVA (10 %) y de IRAE (4 % para los bienes de consumo incluidos en el anexo del decreto). El detalle está en la guía de costos de importar a Uruguay.

Lo particular de este rubro es el IMESI. La ley grava los cosméticos, la perfumería en general y los artículos aplicados al cuerpo para su embellecimiento, con una tasa máxima del 20 %. El impuesto se genera en la primera venta, que en un producto importado es la del importador.

La misma norma excluye a varios productos de higiene: jabones de tocador, jabones, cremas y brochas de afeitar, pastas dentífricas, cepillos de dientes, aguas colonias, desodorantes y antisudorales, talco, polvo para el cuerpo y champúes de uso popular.

La tasa efectiva y la base de cálculo las fija el Poder Ejecutivo dentro de ese máximo, y pueden cambiar. Por eso no publicamos un porcentaje: pedile al despachante o a tu contador el que rige para tu producto el día que hacés los números. Con ese dato, la calculadora de impuestos de importación te da una primera estimación.

Etiquetado y requisitos de venta

La Ley 17.250 de Defensa del Consumidor exige que la información al consumidor esté en español; puede sumar otros idiomas. En cosméticos hay un segundo filtro: el rótulo es parte del expediente de registro y lo firma el director técnico. Lo que se vende tiene que coincidir con lo que se registró.

Dos consecuencias prácticas:

  • Definí el rótulo con el director técnico antes de que el fabricante imprima. Corregir etiquetas con la mercadería ya en Uruguay cuesta tiempo y dinero.
  • Cuidá lo que promete el envase. Lo que el producto dice hacer influye en su clasificación y en el respaldo que te van a pedir.

Orígenes habituales y logística

Los cosméticos del Mercosur (Brasil y Argentina, por ejemplo) entran con arancel 0 % si traen certificado de origen, pagan tasa consular reducida y viajan por camión. Los de Asia, Europa o Estados Unidos pagan el arancel extrazona y suelen venir por mar; lo liviano y de alto valor a veces justifica el avión.

Tené en cuenta tres cosas al planificar: la fecha de vencimiento (el tránsito y el registro consumen vida útil), la temperatura durante el viaje y el depósito, y que los perfumes y aerosoles pueden viajar como mercancía peligrosa, con embalaje y documentación propios. Preguntale al agente de cargas antes de cerrar el flete.

Errores frecuentes y cómo evitarlos

  • Comprar antes de registrar. La mercadería que llega sin registro queda detenida y paga almacenaje. Primero la habilitación y el registro, después el embarque.
  • Querer empezar por courier. La franquicia de envíos postales es solo para uso personal. La prestación única existe también para empresas, con tope de USD 800 por envío y un tributo del 60 %, pero el régimen deja afuera los productos gravados con IMESI o que necesitan autorización de un organismo (Decreto 50/026), y un cosmético para vender necesita registro. Se importa por el régimen general.
  • Calcular el precio sin IMESI. En maquillaje y perfumería puede cambiar el margen.
  • Importar muchas referencias de entrada. Cada producto lleva su registro y su costo. Empezá con pocas y ampliá cuando roten.
  • Elegir fabricante sin documentación. Fórmula completa y Certificado de Libre Venta son condición, no un extra.

Resumen

ConceptoQué aplicaFuente
Habilitación de la empresaMSP; director técnico; vigencia de hasta 5 añosgub.uy, MSP
Registro de cada productoMSP por VUCE (REGC); 30 UR; vigencia 5 añosgub.uy, MSP
Clasificación grado 1 o 2Reglamento Mercosur GMC 18/23Decreto 284/024
Arancel16,2 % extrazona y 0 % Mercosur en las partidas 3303 a 3307 y 3401MEF, febrero 2025
IMESITasa máxima legal del 20 %, con exclusiones de higiene básicaTO 2023, Título 11
IVA y tasa consular22 % y 5 % (3 % Mercosur)TO 2023, Título 10; Ley 19.535
EtiquetaEn español; rótulo aprobado en el registroLey 17.250; MSP

Si es tu primera importación, mirá también cómo importar a Uruguay paso a paso. Y si querés saber qué haría falta para tu producto, contanos en el asesor.

Preguntas frecuentes

¿Puedo importar cosméticos a Uruguay sin registrarlos en el MSP?

No para venderlos. El registro y la autorización de venta son obligatorios para toda empresa importadora, que además tiene que estar habilitada por el Ministerio de Salud Pública. El trámite se hace por la VUCE.

¿Cuánto tarda el registro de un cosmético?

La ficha oficial del trámite no publica un plazo. Depende del producto, de que la documentación del fabricante esté completa y de las observaciones del MSP. Por eso conviene registrar antes de embarcar.

¿Necesito un director técnico para importar cosméticos?

Sí. La habilitación de la empresa ante el MSP exige un director técnico con título, y es quien firma los formularios y el rótulo de cada producto que se registra.

¿Todos los cosméticos pagan IMESI?

No. La ley grava cosméticos y perfumería con una tasa máxima del 20 %, pero excluye productos de higiene como jabones de tocador, pastas dentífricas, desodorantes, talco, aguas colonias y champúes de uso popular. La tasa efectiva la fija el Poder Ejecutivo.

¿Puedo traer cosméticos por courier para revender?

No es el camino. La franquicia es solo para uso personal, y la prestación única, que existe también para empresas con tope de USD 800 por envío y un tributo del 60 %, deja afuera los productos gravados con IMESI o que requieren autorización de un organismo. Para vender cosméticos se usa el régimen general, con despachante.

¿Querés traer una línea de cosmética?

Contanos qué producto es y de dónde viene. Te decimos qué registros hacen falta y qué podemos hacer nosotros.

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