Para vender perfumes importados en Uruguay necesitás una empresa habilitada por el Ministerio de Salud Pública y el registro de cada fragancia, que exige la fórmula completa y un Certificado de Libre Venta del origen. Desde fuera del Mercosur pagan 16,2 % de arancel, más IVA, tasa consular e IMESI, que grava la perfumería.
Qué tiene de propio un perfume
Para la norma sanitaria, un perfume es un cosmético más. Todo lo que explicamos en la guía para importar cosméticos a Uruguay vale también acá: empresa habilitada por el Ministerio de Salud Pública (MSP), director técnico y registro de cada producto por la VUCE. No lo repetimos.
Esta guía se queda con lo que cambia cuando el producto es una fragancia:
- el registro es del grado más simple, pero pide papeles que solo tiene el fabricante;
- el IMESI grava la perfumería y deja afuera las aguas colonias;
- buena parte del mercado es de marca, y ahí aparecen el origen de la mercadería y la falsificación;
- es un líquido con alcohol, y eso condiciona el transporte.
Registro en el MSP: grado 1, salvo los infantiles
El reglamento técnico del Mercosur (Resolución GMC 18/23, incorporada por el Decreto 284/024) separa los productos en dos grados según cuánta vigilancia sanitaria necesitan. En la lista de grado 1, el de menor exigencia, figuran juntos el agua de colonia, el agua perfumada, la colonia, el perfume y el extracto aromático. También la colonia desodorante.
La excepción son los productos destinados al público infantil, que están en la lista de grado 2. Una colonia para bebés no se registra igual que un perfume para adultos.
Que sea grado 1 no quiere decir que el trámite sea liviano. Según la ficha oficial, el registro de un producto importado pide, entre otras cosas, la fórmula cuali-cuantitativa completa, el rótulo a color firmado por el director técnico y un Certificado de Libre Venta del país de origen, apostillado o consularizado. Cuesta 30 UR por producto y vale cinco años. La ficha no publica un plazo de respuesta.
Cada fragancia es un registro. Si traés diez perfumes distintos, son diez expedientes y diez veces el costo. Conviene empezar con pocas referencias.
Perfumes de marca: origen de la mercadería y falsificación
El registro tiene una consecuencia práctica que mucha gente descubre tarde. La fórmula completa y el Certificado de Libre Venta los entrega el fabricante o el dueño de la marca. Un mayorista que revende perfumes de marcas conocidas casi nunca puede dártelos, y sin esos documentos el producto no se registra.
Por eso hay dos negocios muy distintos:
- Marca propia o fabricante que te acompaña. Trabajás con un laboratorio que te da la documentación y, si querés, envasa con tu marca. Es el camino previsible.
- Marcas de terceros compradas a un distribuidor. Depende de que alguien de la cadena consiga los papeles del fabricante. Preguntalo antes de pagar.
Sobre las marcas, la Ley 17.011 dice dos cosas que conviene conocer. El artículo 12 establece que no se puede impedir la libre circulación de productos de marca introducidos legítimamente en el comercio por el titular o con su autorización, siempre que el producto y su envase no hayan sido alterados. Y los artículos 81 a 83 castigan con prisión a quien falsifica una marca y a quien, a sabiendas, almacena, distribuye o vende mercadería con marca falsificada; el artículo 84 manda decomisarla.
Si el precio es demasiado bueno, pedí la trazabilidad del lote y facturas que lleguen hasta el fabricante.
Arancel de la partida 3303
Los perfumes se clasifican en la partida 3303 de la nomenclatura. En la planilla de nomenclatura y aranceles del MEF (versión de febrero de 2025) tiene dos líneas:
| Código NCM | Producto | Extrazona | Mercosur |
|---|---|---|---|
| 3303.00.10.00 | Perfumes (extractos) | 16,2 % | 0 % |
| 3303.00.20.00 | Aguas de tocador | 16,2 % | 0 % |
Si el perfume es de origen europeo, tené presente que el acuerdo comercial entre el Mercosur y la Unión Europea se aplica de forma provisional desde el 1 de mayo de 2026. No verificamos qué rebaja le toca hoy a la partida 3303 ni en qué plazo, así que no damos una cifra: pedile al despachante la preferencia vigente y qué prueba de origen exige.
IMESI: grava la perfumería, no las aguas colonias
El IMESI es el tributo que más separa a un perfume de un champú. La ley grava los cosméticos y la perfumería en general con una tasa máxima del 20 %, y el impuesto se genera en la primera venta, que en un producto importado es la del importador.
La misma norma dice que no están gravadas, entre otros productos de higiene, las aguas colonias, los desodorantes y antisudorales y el talco.
Dos advertencias:
- La ley no explica en ese artículo dónde termina un "agua colonia" y dónde empieza un perfume, y la nomenclatura aduanera usa otras palabras (perfumes y aguas de tocador). El encuadre de tu producto lo define tu contador o el despachante con la reglamentación a la vista; no lo des por hecho por el nombre del envase.
- La tasa efectiva y la base de cálculo las fija el Poder Ejecutivo dentro del máximo, y pueden cambiar. Por eso no publicamos un porcentaje.
El resto es lo general: IVA del 22 % sobre el valor en aduana más el arancel, tasa consular del 5 % (3 % para origen Mercosur y Chile) y, si sos contribuyente, anticipo de IVA del 10 % y de IRAE del 4 % cuando el producto figura en el anexo de bienes de consumo. Con la tasa de IMESI que te confirmen, la calculadora de impuestos de importación te da una primera estimación; el detalle de cada tributo está en la guía de costos.
Transporte, etiqueta y courier
Transporte. Un perfume es en buena parte alcohol, y puede viajar como mercancía peligrosa por ser inflamable. Eso condiciona el embalaje, la documentación y, en avión, qué aerolíneas lo aceptan y en qué cantidad. Pedile al fabricante la hoja de seguridad del producto y pasásela al agente de cargas antes de cotizar.
Etiqueta. La información al consumidor va en español (Ley 17.250), y el rótulo que se vende tiene que coincidir con el aprobado en el registro. Definilo con el director técnico antes de que el fabricante imprima.
Courier. No es el camino para vender. La franquicia de envíos postales es para personas físicas y uso personal. La prestación única existe también para empresas, pero el Decreto 50/026 deja afuera del régimen los productos gravados con IMESI o que necesitan autorización de un organismo, y el perfume cumple las dos condiciones. Se importa por el régimen general, con despachante.
Resumen
| Concepto | Qué aplica | Fuente |
|---|---|---|
| Empresa | Habilitada por el MSP, con director técnico | gub.uy, MSP |
| Registro de cada fragancia | Grado 1 (grado 2 si es infantil); por VUCE; 30 UR; vigencia 5 años | GMC 18/23; gub.uy, MSP |
| Documentos del fabricante | Fórmula completa y Certificado de Libre Venta | gub.uy, MSP |
| Arancel (partida 3303) | 16,2 % extrazona; 0 % Mercosur con certificado de origen | MEF, febrero 2025 |
| IMESI | Grava la perfumería (máximo legal 20 %); excluye las aguas colonias | TO 2023, Título 11 |
| IVA y tasa consular | 22 % y 5 % (3 % Mercosur y Chile) | TO 2023, Título 10; Ley 19.535 |
| Marcas | Libre circulación del original legítimo; delito si es falsificado | Ley 17.011 |
| Courier | No sirve para vender: producto con IMESI y con registro | Decreto 50/026 |
Si es tu primera operación, mirá también la guía de habilitaciones. Grupo Meridian es una importadora con depósito en Pando: importamos nuestra propia línea de arena sanitaria y hacemos importación a medida para otras empresas. Contanos qué fragancias querés traer en el asesor.
Preguntas frecuentes
¿Los perfumes importados necesitan registro en el MSP?
Sí. Para la norma son cosméticos: la empresa importadora tiene que estar habilitada por el Ministerio de Salud Pública y cada fragancia necesita su registro y autorización de venta, que se tramita por la VUCE y vale cinco años.
¿Cuánto arancel paga un perfume importado en Uruguay?
En la planilla del MEF de febrero de 2025, las dos líneas de la partida 3303 (perfumes y aguas de tocador) figuran con 16,2 % desde fuera del Mercosur y 0 % desde el Mercosur con certificado de origen. A eso se suman IVA, tasa consular e IMESI.
¿Los perfumes pagan IMESI?
La ley grava la perfumería en general con una tasa máxima del 20 % y excluye, entre otros, las aguas colonias. La tasa efectiva la fija el Poder Ejecutivo y el encuadre de cada producto lo confirma tu contador o el despachante.
¿Puedo importar perfumes de marcas conocidas comprados a un mayorista?
La ley de marcas no impide la circulación de originales puestos en el comercio por el titular. El obstáculo suele ser el registro: pide la fórmula completa y un Certificado de Libre Venta, que entrega el fabricante. Confirmá que tu proveedor los consigue antes de pagar.
¿Puedo traer perfumes por courier para revender?
No es el camino. La franquicia es solo para uso personal, y el régimen de envíos postales deja afuera los productos gravados con IMESI o que requieren autorización de un organismo. Para vender perfumes se usa el régimen general, con despachante.
¿Querés traer una línea de perfumes?
Contanos qué fragancias son, quién las fabrica y de dónde vienen. Te decimos qué registros hacen falta y qué podemos hacer nosotros.
Fuentes
- gub.uy, habilitación de empresas de alimentos, cosméticos y domisanitarios (MSP)
- gub.uy, registro de productos cosméticos grado 1 (MSP)
- gub.uy, registro de productos cosméticos grado 2 (MSP)
- Decreto 284/024, clasificación de productos de higiene personal, cosméticos y perfumes (IMPO)
- Resolución GMC 18/23, anexo del Decreto 284/024: definiciones y listas de grado 1 y grado 2 (IMPO)
- MEF, Nomenclatura y aranceles de Uruguay (planilla Arancel Nacional, febrero 2025)
- Uruguay XXI, Sistema de aranceles
- Texto Ordenado DGI 2023, Título 11, IMESI (IMPO)
- Ley 17.011 de Marcas, arts. 12 y 81 a 84 (IMPO)
- Texto Ordenado DGI 2023, Título 10, IVA (IMPO)
- Decreto 220/998, art. 115, anticipo de IVA (IMPO)
- Decreto 788/008, art. 2, anticipo de IRAE (IMPO)
- Ley 19.535, art. 265, tasa consular (IMPO)
- Ley 17.250 de Defensa del Consumidor (IMPO)
- Decreto 50/026, régimen de envíos postales (IMPO)
- VUCE, Ventanilla Única de Comercio Exterior
Información general, no asesoramiento aduanero, legal ni tributario. Tasas y requisitos cambian: confirmá cada operación con un despachante de aduana habilitado.
