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Guía de importación · Regímenes especiales

Zona franca y depósito aduanero en Uruguay: qué son y para quién tienen sentido

Por Grupo Meridian, importadora en Pando, UruguayActualizado el 8 min de lectura

Respuesta corta

Una zona franca es un área del territorio uruguayo aislada del resto, donde las empresas autorizadas operan exentas de tributos nacionales, pero lo que sale hacia el resto del país se considera importación y paga como tal. El depósito aduanero es un régimen distinto: la mercadería permanece en un lugar habilitado por la Aduana sin pagar tributos (salvo tasas) hasta que se la nacionaliza, se reembarca o se reexporta. Ninguno de los dos es un atajo para vender más barato en Uruguay; sirven sobre todo si tu negocio incluye reexportar o necesitás tiempo antes de nacionalizar.

Qué es una zona franca

La Ley 15.921 define las zonas francas como áreas del territorio nacional, públicas o privadas, aisladas del resto del país y determinadas por el Poder Ejecutivo. La OMC (2026) las describe como territorios francos dentro del territorio nacional, sin obligación de exportar. En 2025 había 15 zonas francas autorizadas, 12 de ellas en funcionamiento, repartidas por el país; entre las privadas está Zonamerica, y la de Nueva Palmira es la administrada por el Estado.

Para operar adentro hay que ser usuario: se firma un contrato de uso con el operador de la zona (usuario directo) o con otro usuario (indirecto), y esos contratos tienen que ser aprobados por el Área Zonas Francas del Ministerio de Economía. La OMC señala condiciones del decreto 309/018: la actividad tiene que generar empleo directo, usar las instalaciones de la zona y tener domicilio fiscal en ella. La Ley 15.921 fija plazos máximos de 15 años para actividades industriales y de 10 años para comerciales y de servicios (art. 16) y exige que al menos el 75 % del personal sea uruguayo (art. 18); en ciertos servicios el personal extranjero puede llegar al 50 % si lo autoriza el MEF.

Qué se puede hacer en una zona franca

Según la OMC (2026), en una zona franca se puede comercializar, almacenar, seleccionar, clasificar, fraccionar, armar, desarmar, manipular o mezclar mercaderías, hacer compraventa internacional, instalar fábricas y prestar todo tipo de servicios, dentro de la zona y hacia terceros mercados.

El beneficio fiscal es para quien es usuario: las actividades desarrolladas por los usuarios en la zona están exentas del IRAE y de todo tributo nacional, y las mercaderías que entran a la zona y las que salen hacia el exterior están exentas de todo tributo (OMC, 2026; Ley 15.921). Los detalles de cada contrato los fija la ley, el decreto y lo que apruebe el MEF.

Qué pasa si querés vender en Uruguay

Este es el punto clave para un importador. La Ley 15.921 dispone que las mercaderías que salen de una zona franca hacia el territorio nacional no franco se consideran importaciones a todos los efectos. Es decir: arancel, tasa consular, IVA y demás se pagan al ingresar al resto del país, igual que si vinieran del exterior. Además, la ley limita las actividades que una empresa instalada en una zona puede hacer hacia el resto del país: el decreto 309/018 admite algunos servicios (como centros de llamadas con alcance más amplio que el nacional, buzones electrónicos, enseñanza a distancia y certificados de firma electrónica) y excepciones puntuales, como exhibir mercaderías en Montevideo en ciertos casos.

La consecuencia práctica: una zona franca no elimina los impuestos de lo que vendés dentro de Uruguay y no es un camino para saltarse el despacho. Puede ser útil para operaciones de compraventa internacional, almacenamiento o distribución hacia la región. Si exportás desde la zona hacia países del Mercosur (excepto Brasil), las mercaderías tributan el arancel externo común; con Brasil rige un acuerdo específico (ACE 18) para los bienes que cumplan el origen del Mercosur (OMC, 2026).

No es una cuenta de ahorro. No podemos decirte cuánto se ahorra, porque depende de qué hacés, de dónde vendés y de los costos de alquiler, de los servicios de la zona y de los requisitos del contrato. Pedí presupuesto a la zona y consultá a un contador y a un despachante antes de decidir.

Qué es un depósito aduanero

El depósito aduanero está en el Código Aduanero (Ley 19.276, arts. 92 a 96). Es un régimen aduanero, no un territorio: la mercadería ingresa y permanece en un depósito habilitado por la DNA y sometido a su control, sin pagar tributos, con excepción de las tasas. Los tributos se pagan cuando la mercadería se incluye en otro régimen, por ejemplo cuando se despacha a consumo.

  • Quién lo opera: un depositario autorizado por la DNA, que recibe, almacena y custodia la mercadería. El depositante responde junto con el depositario por los tributos, reajustes y multas.
  • Para qué sirve la mercadería allí: el Código prevé varias modalidades, como almacenamiento, comercial, reparación y mantenimiento, exposición transitoria y logístico. La modalidad industrial tiene restricciones en algunas zonas.
  • Plazo: lo fija la reglamentación. Si vence sin que la mercadería se incluya en otro régimen, se reembarque o se reexporte, pasa a abandono.
  • Cómo termina: con el despacho a consumo (se pagan los tributos), el reembarque, la reexportación, la destrucción o el abandono.

La OMC (2026) incluye el depósito aduanero entre los procedimientos de importación de Uruguay junto con la admisión temporaria para reexportación, la admisión temporaria para perfeccionamiento activo y el tránsito.

Para quién tienen sentido (y para quién no)

Según lo que dicen las normas, estos son los perfiles en los que vale la pena preguntar:

  • Importador que reexporta a la región y compra, almacena y distribuye hacia otros países: la zona franca o el depósito aduanero evitan pagar tributos de importación sobre lo que no se vende en Uruguay. Es un análisis para hacer con un contador y un despachante.
  • Importador que todavía no sabe si va a nacionalizar la mercadería (por ejemplo, la tiene comprada pero espera definir si la vende en Uruguay o la reembarca): el depósito aduanero permite postergar el pago de tributos, a cambio de los costos del depósito y con un plazo.
  • Empresa que arma o prepara productos para vender fuera de Uruguay: puede encajar en una zona franca, con su contrato de usuario y sus requisitos.

Suele no tener sentido para un comerciante que compra para vender en el mercado uruguayo: la mercadería se nacionaliza igual, se pagan los mismos tributos (ver la guía de costos) y se suman los costos de la zona o del depósito. Tampoco son un régimen para uso personal ni para quien importa un solo contenedor sin plan de reexportación.

Si importás con un volumen y un proveedor concretos, lo primero sigue siendo el régimen general, con despachante de aduana y la declaración (DUA) explicada en la guía paso a paso.

Qué preguntar antes de decidir

  1. ¿La mercadería se va a vender en Uruguay, se va a reexportar o las dos cosas? ¿En qué proporción?
  2. Si es zona franca: ¿qué contrato de usuario corresponde, qué requisitos de empleo y de domicilio tiene, qué costo fijo y qué servicios incluye?
  3. Si es depósito aduanero: ¿qué depositario habilitado hay, con qué tarifa de almacenamiento, hasta cuándo puede estar la mercadería y qué pasa al vencer el plazo?
  4. ¿Qué tributos se pagan cuando la mercadería sale hacia el mercado uruguayo, y cómo se declara?
  5. ¿Hay admisión temporaria para reexportar en el mismo estado o para perfeccionamiento? ¿Aplica a mi producto?
  6. ¿El producto necesita habilitaciones para ingresar al país, aunque pase antes por un depósito o una zona?

Preguntas frecuentes

¿Qué es una zona franca en Uruguay?

Es un área del territorio nacional, pública o privada, aislada del resto del país y determinada por el Poder Ejecutivo (Ley 15.921). Los usuarios autorizados desarrollan en ella actividades comerciales, industriales o de servicios exentas de tributos nacionales. En 2025 había 15 autorizadas y 12 en funcionamiento (OMC, 2026).

¿Qué pasa con lo que sale de una zona franca hacia el resto de Uruguay?

Se considera importación a todos los efectos (Ley 15.921). Se pagan arancel, tasa consular, IVA y demás tributos como si viniera del exterior. La zona franca no es una forma de evitar los impuestos de lo que se vende en Uruguay.

¿Qué es un depósito aduanero?

Es un régimen del Código Aduanero: la mercadería permanece en un depósito habilitado por la DNA sin pagar tributos, con excepción de las tasas, hasta que se la nacionaliza, se reembarca o se reexporta. Si vence el plazo sin que se incluya en otro régimen, pasa a abandono.

¿Me conviene una zona franca si importo para vender en Uruguay?

En general no: la mercadería se nacionaliza igual y paga los mismos tributos, y se suman los costos de la zona. Puede tener sentido si reexportás a la región o hacés compraventa internacional. Es un análisis para hacer con un contador y un despachante.

¿Se puede ahorrar con un depósito aduanero?

Permite postergar el pago de tributos mientras la mercadería está en el depósito, pero tiene costos de almacenamiento y un plazo, y los tributos se pagan al nacionalizar. No se puede asegurar un ahorro sin analizar tu caso.

¿Quién puede ser usuario de una zona franca?

Una empresa que firme un contrato de uso aprobado por el Área Zonas Francas del MEF y cumpla las condiciones del decreto 309/018, como generar empleo directo, usar las instalaciones y tener domicilio en la zona.

¿No sabés si tu importación entra por régimen general o por otro?

Contanos qué querés traer, dónde pensás venderlo y si vas a reexportar. Te decimos qué conviene preguntarle a un despachante.

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