En este ejemplo ficticio, un pallet desde China con FOB supuesto de USD 5.000 y CIF de USD 5.600 paga USD 3.057,60 de tributos en el despacho. Un contribuyente de IVA e IRAE recupera después USD 2.217,60 y le quedan USD 840 de costo (arancel y tasa consular). Flete real, despachante y puerto quedan «a cotizar». Es un ejemplo, no una cotización.
Esto es un ejemplo con números supuestos, no una cotización. El producto es ficticio y los valores de mercadería, flete y arancel son inventados para poder hacer la cuenta. Tu operación va a dar otra cifra. Para calcular la tuya usá la calculadora o contanos tu caso.
Información general, no asesoramiento aduanero, legal ni tributario. Las normas y las tasas cambian: confirmá cada operación con un despachante de aduana habilitado y con tu contador.
El caso y los supuestos
Para mostrar cómo se arma el costo, imaginamos una importación ficticia:
- Mercadería: 1 pallet de «producto X», un artículo no alimentario, sin IMESI y sin habilitaciones especiales, de origen China (fuera del Mercosur).
- Valor FOB supuesto: USD 5.000, lo que se paga al proveedor puesto en el puerto de origen.
- Flete y seguro internacional supuesto: USD 600. Es un valor inventado solo para cerrar la cuenta; en una operación real es «a cotizar» con un agente de carga y depende de la naviera y la época. Ver LCL y FCL.
- Arancel supuesto: 10 %. El real depende del código NCM de tu producto (consultalo en la planilla del MEF o en el sistema de Uruguay XXI).
- Importador: contribuyente de IVA y de IRAE, y el bien figura en el anexo del anticipo de IRAE. Si no lo estuvieras, algunas líneas cambian (ver más abajo).
La cuenta, línea por línea
| Línea | Tasa y base | USD | Fuente |
|---|---|---|---|
| Valor FOB | Supuesto | 5.000,00 | Ejemplo |
| Flete y seguro internacional | «A cotizar»; supuesto para el ejemplo | 600,00 | Ejemplo; qué gastos integran el flete: DNA, Orden del Día 001/2003 |
| Valor CIF (valor en aduana) | FOB + flete + seguro | 5.600,00 | Base de los tributos |
| Arancel | 10 % (supuesto) × 5.600 | 560,00 | Según el NCM (MEF; Uruguay XXI) |
| Tasa consular | 5 % × 5.600 (origen China) | 280,00 | Ley 19.535, art. 265 |
| Base del IVA y de los anticipos | CIF + arancel = 5.600 + 560 | 6.160,00 | Texto Ordenado DGI, Título 10, art. 13 B; Decreto 220/998, art. 115 |
| IVA | 22 % × 6.160 | 1.355,20 | Texto Ordenado DGI, Título 10, art. 34 |
| Anticipo de IVA | 10 % × 6.160 (bienes a tasa básica) | 616,00 | Decreto 220/998, art. 115 |
| Anticipo de IRAE | 4 % × 6.160 (bienes del anexo) | 246,40 | Decreto 788/008, art. 2, redacción del Decreto 335/025 |
| Tasa LATU | No aplica: es solo para alimentos (0,5 % del CIF más IVA) | 0,00 | Decreto 194/022 |
| Tributos a pagar en el despacho | 560 + 280 + 1.355,20 + 616 + 246,40 | 3.057,60 | |
| Honorarios del despachante | A cotizar | — | No hay tarifa oficial; ver cuánto cobra un despachante |
| Tasas de Aduanas, puerto, terminal y almacenaje | A cotizar | — | ANP y terminal; varían |
| Flete interno hasta tu depósito | A cotizar | — | Transportista |
La tasa consular del 5 % aplica porque el origen es China. Solo si el origen fuera del Mercosur o Chile y se presentara el certificado de origen, sería del 3 %; sin certificado, no (ver la guía de la tasa consular). La base de cada línea y el porqué del valor en aduana están en la guía del precio CIF.
Lo que se paga y lo que queda como costo
Hay que separar la caja del día del despacho de lo que realmente encarece el producto. Solo si sos contribuyente de IVA y de IRAE, el IVA y los anticipos se imputan después a tus pagos de esos impuestos:
| Concepto | USD | Qué pasa después |
|---|---|---|
| Arancel | 560,00 | Queda como costo |
| Tasa consular | 280,00 | Queda como costo |
| IVA de importación | 1.355,20 | Crédito fiscal para el contribuyente de IVA: no es costo |
| Anticipo de IVA | 616,00 | Se imputa a los pagos de IVA |
| Anticipo de IRAE | 246,40 | Se imputa a los pagos de IRAE |
| Se recupera después | 2.217,60 | Impacta en la caja, no en el costo |
| Costo tributario que queda | 840,00 | Arancel + tasa consular |
El costo del producto puesto en tu depósito es entonces: el FOB, más el flete y el seguro, más USD 840 de tributos que quedan, más los honorarios del despachante, los gastos de puerto y el flete interno, que son las líneas «a cotizar». Si no sos contribuyente de IVA, el IVA no se descuenta y el texto ordenado de la DGI prevé una base mayor para la importación de quienes no son contribuyentes (art. 13 B): en ese caso la cuenta de arriba no te sirve y conviene que la haga el despachante o tu contador.
Qué cambiaría en otros casos
- Otro arancel. Cada punto de arancel mueve el arancel, y también las bases del IVA y de los anticipos.
- Origen Mercosur o Chile con certificado de origen: la tasa consular baja al 3 % y el arancel puede ser preferencial.
- Producto con IMESI, alimentos o habilitaciones: aparecen otros tributos, la tasa LATU en alimentos y trámites previos. Ver la guía de habilitaciones.
- Bien fuera del anexo del anticipo de IRAE: esa línea no se paga.
- Tasa mínima de IVA (10 %): el anticipo de IVA pasa al 3 %.
- Más o menos flete: el flete integra el valor en aduana (según la Orden del Día 001/2003 de la DNA), así que mueve toda la cuenta.
Para armar el cálculo con tu producto, usá la calculadora de impuestos de importación. Y para ver los conceptos explicados sin un caso, la guía de costos.
Qué conviene cotizar antes de comprar
- El flete y seguro hasta Montevideo, por escrito y con el detalle de cada concepto.
- El código NCM y su arancel, confirmados con el despachante.
- Los honorarios del despachante, separados de los gastos de terceros.
- Las tasas de puerto y terminal que cobra cada prestador.
- El flete interno hasta tu depósito.
- Si el producto necesita habilitaciones y cuándo se tramitan.
Preguntas frecuentes
¿Este ejemplo es una cotización?
No. Es un caso ficticio con valores supuestos de mercadería, flete y arancel, hecho para mostrar cómo se arma el costo. Tu operación va a dar otra cifra: calculá la tuya con la calculadora o consultala con un despachante.
¿Sobre qué valor se calcula el IVA de importación?
Sobre el valor en aduana más el arancel (Texto Ordenado DGI, Título 10, art. 13 B). En el ejemplo: 5.600 + 560 = 6.160, y el 22 % da USD 1.355,20.
¿El IVA de importación es un costo?
No, si sos contribuyente de IVA: es crédito fiscal y el anticipo se imputa a tus pagos de IVA. Pesa en la caja el día del despacho, pero no queda como costo del producto. Si no sos contribuyente, no se descuenta y conviene consultar la cuenta con tu contador.
¿Cuándo la tasa consular es del 3 %?
Solo con origen Mercosur o Chile y con el certificado de origen. En el resto de los casos es del 5 % del valor en aduana, como en este ejemplo con origen China.
¿Qué falta en el ejemplo para saber el costo total real?
Las líneas «a cotizar»: el flete y seguro reales, los honorarios del despachante, las tasas de Aduanas y del puerto, el almacenaje y el flete interno. Ninguna tiene tarifa oficial fija.
¿Siempre se paga el anticipo de IRAE?
No. El Decreto 335/025 lo fija en 4 % desde el 1 de enero de 2026 para los bienes incluidos en un anexo oficial; si tu producto no está en el anexo, no se paga. Es una consulta para el despachante.
¿Querés este cálculo con tu producto?
Contanos qué querés traer, de dónde y cuánto. Te decimos qué líneas hay que cotizar y qué conviene confirmar con un despachante.
Fuentes
- Ley 19.535, art. 265, tasa consular (IMPO)
- Texto Ordenado DGI 2023, Título 10, IVA: arts. 13 y 34 (IMPO)
- Decreto 220/998, art. 115, anticipo de IVA (IMPO)
- Decreto 788/008, art. 2, redacción del Decreto 335/025 (IMPO)
- Decreto 335/025, anticipo de IRAE en la importación de bienes de consumo (IMPO)
- Decreto 194/022, tasa LATU alimentos (IMPO)
- Dirección Nacional de Aduanas, Orden del Día 001/2003: gastos que integran el flete en el valor en aduana
- MEF, Nomenclatura y aranceles de Uruguay
- Uruguay XXI, Sistema de aranceles
- OMC, Examen de las Políticas Comerciales de Uruguay, WT/TPR/S/486 (abril 2026)
Información general, no asesoramiento aduanero, legal ni tributario. Tasas y requisitos cambian: confirmá cada operación con un despachante de aduana habilitado.
