Contanos tu producto

Guía de importación · IMESI

IMESI en la importación a Uruguay: qué productos alcanza, quién lo paga y cómo se suma al costo

Por Grupo Meridian, importadora en Pando, UruguayActualizado el 8 min de lectura

Respuesta corta

El IMESI es un impuesto que se suma a los demás cuando importás ciertos bienes: bebidas, alcoholes, cosméticos y perfumería, tabaco, vehículos, combustibles y lubricantes, entre otros. La ley fija un tope por rubro y el Poder Ejecutivo fija la tasa por decreto, así que cambia. Los importadores de esos bienes son contribuyentes y lo liquidan en sus declaraciones; quien importa sin ser contribuyente lo paga antes del despacho y es un pago definitivo. A la fecha de esta guía, lo más reciente es el Decreto 147/026, que desde el 1 de enero de 2027 cambia el IMESI de los vehículos de pasajeros eléctricos e híbridos según su valor en aduana.

Información general, no asesoramiento aduanero, legal ni tributario. Las normas y las tasas cambian: confirmá cada operación con un despachante de aduana habilitado y con tu contador.

Qué es el IMESI

IMESI quiere decir Impuesto Específico Interno. Lo administra la DGI y está en el Título 11 del Texto Ordenado. Grava la primera enajenación de los bienes que la ley enumera, y también el uso propio que hacen de ellos los fabricantes e importadores.

No es un arancel ni la tasa consular: es un impuesto interno, distinto de los tributos aduaneros. Por eso aparece en la importación como un costo más, aparte de los que explica la guía de costos.

Qué bienes alcanza

El artículo 1 del Título 11 enumera los rubros. Para quien importa, los que más aparecen son:

  • Bebidas: vinos finos, espumantes, alcoholes potables, bebidas alcohólicas, cerveza, bebidas sin alcohol, aguas minerales y sodas.
  • Cosméticos y perfumería en general.
  • Tabacos, cigarros y cigarrillos.
  • Vehículos automotores.
  • Combustibles y derivados del petróleo, lubricantes y grasas lubricantes.
  • Otros: motores diésel no incorporados a vehículos, equipos y artefactos de baja eficiencia energética y ciertas sustancias activas de fitosanitarios. Además, el artículo 2 (Ley 19.829, de residuos) grava envases, bolsas plásticas y algunos descartables.

Esta es una lista general: el alcance exacto de cada rubro, incluidas las excepciones, está en el decreto reglamentario (Decreto 96/990). Por ejemplo, el decreto trata aparte los productos de perfumería y tocador, y fija tasa cero para algunos productos capilares. Cómo se aplica a tu producto lo define el código NCM y la reglamentación: pedile al despachante que confirme por escrito si tu producto lleva IMESI antes de comprar. Para los rubros que más vemos, mirá las guías de cosméticos, perfumes y snacks y bebidas.

Cuánto es: la ley pone el tope y el decreto la tasa

La ley fija un máximo para cada rubro y deja al Poder Ejecutivo fijar la tasa dentro de ese máximo. Por eso el tope de la ley no es lo que pagás, y la tasa aplicada puede cambiar por decreto sin que cambie la ley.

No publicamos una tabla de tasas por producto: no encontramos una fuente oficial única y actualizada que reúna las tasas vigentes, y las versiones que circulan en la prensa y en blogs no sirven como fuente. Para saber la tasa de tu producto, pedí al despachante el rubro, la tasa vigente y el decreto en que se apoya, con fecha.

Quién lo paga al importar

  • Contribuyentes (fabricantes e importadores de los bienes gravados): son los sujetos del impuesto (art. 5). El decreto prevé que lo liquiden y paguen por mes, con declaración jurada (Decreto 96/990, art. 8); cómo se aplica en tu empresa y en tu rubro lo define tu contador.
  • Quien importa sin ser contribuyente: queda gravada la importación directa, salvo los bienes que ya eran de su uso personal antes de importarlos (art. 4). El pago es definitivo y se liquida sin deducción alguna. Se paga antes del despacho (Decreto 96/990, art. 8).
  • Control en la aduana: la DGI interviene el despacho de los bienes gravados, y no se autoriza sin la constancia de inscripción del propietario o de que no corresponde el pago (Decreto 96/990, art. 3).
  • Base de cálculo para no contribuyentes en cosméticos y perfumería (rubro 8), vehículos (11) y lubricantes (12 y 13): la tasa se aplica sobre la suma del valor normal de aduana más el arancel, con un incremento del 50 % (Decreto 96/990, art. 11). Para los demás bienes, la base es la que fija el decreto para cada caso.

Los bienes que se exportan están exentos de IMESI, y hay exoneraciones para ciertas importaciones amparadas en la ley de promoción de inversiones, Ley 16.906 (Título 11, arts. 12 y 10). Son regímenes puntuales: no des por hecho el beneficio hasta tenerlo confirmado.

Cómo se relaciona con el IVA

Para las importaciones, el Título 10 (art. 13) dice que el IVA se calcula sobre el valor normal de aduana más el arancel. El artículo 12, que es la regla general de la base del IVA, agrega que se incluye el monto de otros gravámenes que afecten la operación. Si el IMESI entra o no en la base del IVA en tu importación, y en qué momento, no está dicho de forma expresa en lo que leímos: pedile a tu despachante y a tu contador que lo confirmen antes de armar el costo.

Para no olvidarte de nada, armá la cuenta con estas líneas por separado:

  1. Valor en aduana (CIF) y arancel, como en la guía de precio CIF.
  2. Tasa consular, sobre el valor en aduana.
  3. IMESI, con la base y la tasa que te confirmen para tu rubro.
  4. IVA, sobre la base que te confirmen.

«El IVA no es costo» vale solo para contribuyentes de IVA. Si no sos contribuyente, el IVA de importación sí es parte de lo que te cuesta. El IMESI, en cambio, no es IVA: no lo trates como crédito sin confirmarlo con tu contador. Hay un ejemplo con números en la guía de costo total.

Autos eléctricos e híbridos: qué cambia desde 2027

El Decreto 147/026 (promulgado el 30 de junio de 2026 y publicado el 3 de julio de 2026) modifica el IMESI de los vehículos automotores de pasajeros de la Categoría F, y sus derivados, con motorización eléctrica o híbrida. Rige desde el 1 de enero de 2027.

  • Fija la tasa según el valor en aduana del vehículo al momento de importarlo, en tres tramos: hasta USD 19.000, más de USD 19.000 y hasta USD 27.000, y más de USD 27.000.
  • Los considerandos (no el articulado) mencionan una franja inicial con tasa 0 % para los eléctricos puros de menor valor en aduana.
  • Las tasas de cada tramo, y las de los híbridos, figuran en una imagen del Diario Oficial que la página de IMPO no permite leer en texto. Por eso no damos cifras, tampoco las que publicó la prensa.

Según la fecha de vigencia que informa IMPO, hasta entonces sigue el régimen anterior. Si vas a importar un vehículo eléctrico o híbrido, pedile al despachante el texto del decreto con las tasas y que te diga con qué fecha de despacho queda tu operación. Los vehículos usados tienen además sus restricciones propias: están en la guía de maquinaria y bienes de capital.

Envíos y courier

Ojo si pensabas traer estos productos por courier: el Decreto 50/026, que regula los envíos postales y de courier, dice en su artículo 7 que no se aplica a la mercadería gravada por IMESI. Es decir, los cosméticos, perfumes o bebidas con IMESI no entran en la franquicia ni en la prestación única de ese régimen. Mirá la guía de courier para empresas y confirmá con el operador cómo se despacha tu envío.

Lo que no pudimos confirmar

No encontramos una tabla oficial actualizada de las tasas vigentes por rubro, ni las tasas del Decreto 147/026 en texto. El IMESI cambia por decreto: toda cifra de esta guía vale solo a la fecha de esta guía (29 de octubre de 2026). Si ves una norma más nueva, avisanos por el asesor.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el IMESI?

Es el Impuesto Específico Interno: un impuesto que grava la primera venta, o la importación, de ciertos bienes como bebidas, cosméticos y perfumería, tabaco, vehículos y combustibles. Lo administra la DGI.

¿Todos los productos importados pagan IMESI?

No. Solo los bienes que la ley enumera. El código NCM y la reglamentación definen si tu producto lo lleva; pedile al despachante que lo confirme por escrito antes de comprar.

¿Cuánto es el IMESI?

Depende del rubro. La ley fija un tope y el Poder Ejecutivo fija la tasa por decreto, por lo que cambia. Esta guía no da una tabla: pedí al despachante la tasa vigente y el decreto, con fecha.

¿El IMESI integra la base del IVA?

Para la importación, la ley dice que el IVA se calcula sobre el valor normal de aduana más el arancel (Título 10, art. 13); la regla general (art. 12) agrega otros gravámenes de la operación. Si el IMESI entra en la base en tu caso, confirmalo con tu despachante y tu contador antes de armar el costo.

¿Qué cambia en 2027 para los autos eléctricos e híbridos?

El Decreto 147/026 cambia, desde el 1 de enero de 2027, el IMESI de los vehículos de pasajeros eléctricos e híbridos de la Categoría F, según tramos de valor en aduana (hasta USD 19.000, hasta USD 27.000 y más). Las tasas están en una imagen del Diario Oficial y no las damos.

¿Una persona que no es empresa también paga IMESI al importar?

Sí: la importación directa por quien no es contribuyente está gravada, el pago es definitivo y se hace antes del despacho. Además, la mercadería con IMESI queda fuera del régimen de courier del Decreto 50/026.

¿Tu producto lleva IMESI?

Contanos qué querés importar. Te decimos qué confirmar con el despachante (rubro, tasa vigente, base) antes de calcular el costo.

WhatsApp